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¿Cómo te podemos ayudar?

  • Seguro de Crédito Interno: Asegura las facturas por cobrar a crédito hacia clientes en el territorio nacional.
  • Seguro de Crédito a la Exportación: Asegura las facturas por cobrar a crédito hacia clientes en el extranjero.
  • Póliza de Buen Uso de Anticipo: respalda los recursos entregados como anticipo que se invertirán en la ejecución del contrato. 
  • Póliza de Cumplimiento de Contrato: garantiza el cumplimiento, en tiempo y calidad, de las condiciones estipuladas en el contrato
  • Póliza de Ejecución y Buena Calidad de Materiales: garantiza la debida ejecución de la obra y la buena calidad de los materiales que han sido utilizados en la realización del contrato.
  • Seriedad de Oferta: respalda la suscripción de un contrato entre el beneficiario y el contratista, tomando en cuenta las condiciones y montos establecidos en la propuesta.
  • Garantía Aduanera: asegura el pago de los tributos al comercio exterior eventualmente exigibles aplicados a la importación o exportación.
  • Garantía Judicial: es utilizada para respaldar la suspensión de medidas preventivas dentro del procedimiento administrativo y/o judicial; presentación de recurso de casación; o, cualquier otro tipo de procedimiento que por ley o disposición judicial sea motivo de una garantía.
  • Garantía de Arrendamiento: cubre el riesgo de pago de alquileres dentro del período de vigencia del contrato de arrendamiento y la sustitución del depósito.
  • Fianza Legal: se otorga en caso de presentarse cualquier disposición legal que señale un deber de caucionar o garantizar una obligación no financiera que provenga de un acto voluntario o por disposición de la ley
  • Póliza Global: garantiza los riesgos en las subcontrataciones que realice la compañía para llevar a cabo sus obras. Respalda el Buen Uso de Anticipo, Cumplimiento de Contrato y Buena Calidad de Materiales.

Es un contrato mediante el cual la compañía de Seguros responde por un contratista o cliente, garantizando que este dispone de suficientes recursos técnicos, humanos y financieros para poder cumplir con las obligaciones contractuales asumidas si, más tarde, el contratista incumple los términos contrato, la compañía de seguros debe pagar el perjuicio sufrido al beneficiario de la fianza.

ASEGURADOR O AFIANZADOR: En nuestro caso, la compañía de seguros se convierte en el afianzador del cliente, convirtiéndose como garante de su obligación ante la entidad contratante.

CONTRATANTE O BENEFICIARIO: Es el propietario de la obra. A favor del beneficiario o contratante se garantiza el cumplimiento de la obligación.

CONTRATISTA O AFIANZADO: También llamado deudor. Es el responsable de la ejecución y el cumplimiento de la obligación frente al beneficiario de la fianza.

Una Fianza puede ser otorgada para contratos relacionados con la construcción, provisión de suministros, fabricación y prestación de servicios, los mismos que pueden ser ejecutados por personas naturales o por personas jurídicas.

En caso de ejecución, la fianza obliga al contratista a reintegrar a la Compañía de Seguros el valor pagado.

Es el acto mediante el cual un asegurador, denominado reasegurador, acepta la totalidad o una parte del riesgo de pérdida que pueda sufrir otro asegurador, denominado compañía cedente.  Si las negociaciones entre el asegurador y el reasegurador tienen éxito, dará como resultado un acuerdo de reaseguro, a este acuerdo se le denomina contrato proporcional.  El reaseguro es sin duda el medio más adecuado para llegar a la compensación de los riesgos. El asegurador se descarga de aquella parte de todos los riesgos que superan sus posibilidades financieras y pueden causar desequilibrio en su cartera.

Las primas (honorarios de la Aseguradora) son ocasionadas por el servicio que proporcionan las compañías de Seguros al evaluar las calificaciones del solicitante y emitir las garantías por las obligaciones del deudor principal o contratista.

  • Emisor: Banco - Compañía de Seguros.
  • En la práctica dentro de nuestro contexto cubre lo mismo.
  • En la ocurrencia de un siniestro para el pago, la aseguradora pide documentación, revisa, el banco paga porque debita de  cuenta.
  • Diferenciación en el servicio: asesoramiento ágil y oportuno.
  • La emisión de una fianza para el banco es contingente, para la aseguradora actividad comercial
  • Capacidad de cupo de crédito: contragarantía vs retención de fondos
  • Reaseguro.
  • Tasas